Normas del Bono Cultural Joven 2023

Normas del Bono Cultural Joven 2023

El Consejo de Ministros ha aprobado el Bono Cultural Joven para 2023. Una ayuda de 400 euros dirigida a los 500.000 jóvenes que cumplen 18 años durante el 2023 y que podrán destinar a la adquisición y el disfrute de productos, servicios y actividades culturales.

Por segundo año consecutivo, el Gobierno fija la edad en los 18 años, al considerar que la mayoría de edad implica aparte de unos deberes y derechos, la posibilidad de decidir en lo que también respecta al ámbito cultural. Y que, la entrada en la edad adulta, venga acompañada de un impulso económico para el disfrute y el descubrimiento de actividades culturales, que le puede suponer una ayuda y un incentivo.

Productos o servicios que se podrán adquirir con el Bono

El gasto se distribuirá entre tres sectores distintos, con importes máximos por cada uno. Se prevé que el bono subvencione artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales hasta un máximo de 200 euros por beneficiario. Se repartirá entre entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bibliotecas, exposiciones, festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales y espectáculos taurinos.

Además, recoge subvencionar productos culturales en soporte físico hasta un máximo de 100 euros:

  • Libros.
  • Revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas.
  • Videojuegos, partituras musicales, discos, CD, DVD o Blu-ray.

Por su parte, cada persona beneficiaria podrá destinar hasta 100 euros al consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales (conocidos como e-books), suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas. Dichas suscripciones estarán limitadas a un máximo de cuatro meses.

No será subvencionable la adquisición de productos de:

  • Artesanía, obra plástica y gráfica.
  • Productos de papelería.
  • Libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales.
  • Cursos, talleres y seminarios.
  • Equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica.
  • Material artístico.
  • Instrumentos musicales.
  • Espectáculos deportivos.
  • Moda y gastronomía.

Asimismo, no será subvencionable la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto.

Las actividades y gastos subvencionables deberán realizarse en el plazo máximo de un año desde la fecha de concesión del Bono Cultural Joven a cada persona beneficiaria.

El Bono Cultural Joven será de uso exclusivo en establecimientos que presten servicios en España, y que, pueden ser consultadas en cualquier momento en la página web del programa, o a través de la aplicación para dispositivos móviles.

Funcionamiento del programa

La gestión del programa se realizará a través de una plataforma tecnológica específica, en la que se presentarán las solicitudes, que se tramitarán por orden de presentación.

Una vez concedida la ayuda al beneficiario, se abonará el importe total concedido, en un único pago, en formato de tarjetas prepago virtual nominal, que estarán identificadas con números y la identidad del beneficiario. Estarán vigentes durante los 12 meses siguientes a su concesión. Excepcionalmente, se podrán emitir tarjetas físicas, en caso de que el beneficiario no disponga de dispositivo móvil compatible para contener la mencionada tarjeta virtual, cuando así se solicite.

La futura norma también prevé que el Bono Cultural Joven sea compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras administraciones públicas.


 

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