Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

CSIF exigirá que el complemento de pensiones contributivas se haga extensivo a las pensiones parciales

La nueva regulación del complemento en pensiones para la reducción de la brecha de género perjudica a las pensionistas que perciban una cuantía de 1.100 euros, o más

CSIF exigirá que el complemento de pensiones contributivas se haga extensivo a las pensiones parciales

El Real Decreto Ley 3/2021 modifica el actual complemento de maternidad de las pensiones, tanto del Régimen General de Seguridad Social como de Clases Pasivas, pasando a denominarse “Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género”.

Este nuevo complemento, si bien regula cuestiones que desde CSIF venían demandando desde su articulación inicial, tales como que se aplicase desde el primer hijo, a los hombres y a las familias homoparentales, sigue sin reconocerse a las pensiones de jubilación parcial. En lo referente a la jubilación voluntaria, tras la denuncia de CSIF, desde los servicios jurídicos del INSS nos informaron el pasado viernes 12 de febrero que se les aplicaría dicho complemento.

Además, esta nueva regulación empeora cuantitativamente, puesto que antes se aplicaba porcentualmente por tramos (entre el 5 y el 15% de la pensión) en función del número de hijos y ahora se asigna una cantidad de 27euros, mensuales por hijo, lo que conlleva un perjuicio a las pensionistas que perciban una cantidad igual o superior a 1.100 euros, mensuales.

Quienes, a la entrada en vigor de esta nueva regulación, estuvieran percibiendo el complemento por maternidad en virtud de la anterior regulación, mantendrán su percibo y será incompatible con el actual, pudiendo las personas interesadas optar entre uno u otro complemento.

Para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento del complemento, deberán entre otros:

  • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
  • Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción.

Desde CSIF denuncian que esta nueva regulación, que ha sido negociada en el marco del diálogo social con CCOO y UGT, dejando fuera a CSIF pese a ser mayoritario en las administraciones públicas, además de perjudicar a las pensiones iguales o superiores a 1.100 euros, tampoco se aplica a la totalidad de las pensiones del régimen general y clases pasivas ya que excluyen las jubilaciones parciales y voluntarias.

Este complemento se mantendrá en el tiempo mientras tanto la brecha de género de las pensiones de jubilación, causadas en el año anterior, sea superior al 5%, realizando para ello una evaluación periódica, cada cinco años, de sus efectos, en el marco del Diálogo Social.

CSIF seguirá exigiendo que este complemento se haga extensivo también a las pensiones parciales y que se incremente la cuantía del complemento para corregir la pérdida retributiva en las pensiones iguales o superiores a 1.100 euros.

CSIF exigirá que el complemento de pensiones contributivas se haga extensivo a las pensiones parciales
You are using Opennemas CMS
TRY IT NOW