Instituciones Penitenciarias: Vuelta a la normalidad en los horarios laborales

La Secretaría General ha enviado además una resolución para normalizar los horarios de trabajo tras la vacunación de la práctica totalidad de trabajadores y población penitenciaria

Instituciones Penitenciarias: Vuelta a la normalidad en los horarios laborales

Además, la Secretaría General ha enviado hoy (1) a los centros dos resoluciones para la vuelta a la normalidad en los horarios laborales que se modificaron a consecuencia de la COVID-19.

Para evitar desplazamientos a las prisiones, cuando comenzó la pandemia se permitió acumular los turnos del personal de Vigilancia hasta 24 horas. Se redujo la semana laboral a dos jornadas –una con turno de mañana y tarde y otra con turno de mañana, tarde y noche- y se permitieron libranzas de seis días seguidos.

Una vez que el personal y la población penitenciaria están vacunados en su práctica totalidad, se regresa a la situación anterior. Es decir: se vuelve a tres jornadas de trabajo -dos con turno de mañana y tarde, y una tercera de noche- y a los cinco días continuados de libranza.

En cuanto al régimen general, el que afecta  a los servicios de Oficinas o Tratamiento, solo se permite acumular dos turnos –mañana y tarde- de manera que la semana laboral se compone de cuatro jornadas de trabajo y tres de libranza. Se exceptúan en este apartado los centros penitenciarios de Castellón II (Albocàsser), Sevilla II (Morón de la Frontera) y Madrid VII (Estremera) que, debido a su lejanía respecto de las capitales de las provincias en los que se encuentran, mantendrá la posibilidad de acumular dos jornadas

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