El Senado aprueba la ley de temporalidad en las Administraciones públicas

La norma, cumple con el acuerdo adquirido por el Gobierno con la Unión Europea de bajar la temporalidad del empleo público por debajo del 8%.

El Senado aprueba la ley de temporalidad en las Administraciones públicas

El Senado ha aprobado el miércoles día 22, el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el cual, concluye su trámite en las Cámaras, tras haber logrado su aprobación también en el Congreso.

La norma, tras el diálogo en las Cámaras, se ha negociado con los representantes de los trabajadores del sector público y también con los diferentes niveles de la Administración. El texto original proviene de un acuerdo refrendado en la Mesa General de Negociación con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, así como del debate dentro de la Conferencia Sectorial de la Administración pública y de las reuniones de la Comisión Coordinadora del Empleo Público, en las que participan tanto las Comunidades Autónomas como la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

El objetivo de la ley es reducir la temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una ratio que sí cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Éste es, un compromiso adquirido por el Gobierno con la Unión Europea y supone también cumplir las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.


Aspectos destacados de la norma


Entrando en el contenido de la norma, las Administraciones públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Un proceso de concurso-oposición que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, para cada ámbito, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo.

Se convocarán por el sistema de concurso excepcional, las plazas ocupadas temporalmente de manera ininterrumpida antes del 1 de enero de 2016. Esto significa que las plazas que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina o por personas interinas empleadas en la Administración se convocarán a través de este proceso extraordinario para su cobertura.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.


Medidas adoptadas de refuerzo del empleo público


El Consejo de Ministros aprobó una Oferta de Empleo Público extraordinaria para reforzar al Servicio Público de Empleo Estatal con 926 plazas adicionales. Un impulso de más de un 10% a su plantilla, incrementada casi un 20% con las incorporaciones de todo el año.

Asimismo, el pasado julio el Gobierno aprobó la mayor Oferta de Empleo Público de la historia, con un total de 30.445 nuevos puestos, sumando las plazas aprobadas previamente para las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y para las Fuerzas Armadas. Con ello, en tres años el número de nuevos puestos para la Administración se acerca a los 110.000.

Los Presupuestos Generales del Estado para 2022 incorporan una subida salarial del 2% para empleados públicos. Asimismo, incluyen una reposición del 110% como tasa general; del 120% para los sectores prioritarios (sanidad, educación, ciencia…); y del 125% para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policías autonómicas y locales.

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