El TS anula la estancia limite en alojamientos logisticos militares

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la instrucción técnica que fijaba un tiempo máximo de estancia en los alojamientos logísticos del Ejército de Tierra. La sentencia, de 20 de octubre de 2025, estima el recurso presentado por la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) al considerar que dicha instrucción no era una norma interna, sino una disposición de carácter general que afecta a todos los miembros del Ejército.

El alto tribunal determina que este tipo de normas, por su naturaleza, requieren informes previos de las asociaciones profesionales y del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS), pasos que el Ejército de Tierra omitió. La resolución refuerza así el derecho de asociación de los militares y reconoce la existencia de un derecho al alojamiento vinculado a la movilidad geográfica y la disponibilidad permanente para el servicio.

AUME señala que la sentencia representa un avance en los derechos del personal militar, en especial de la Escala de Tropa, que es la que más utiliza los alojamientos logísticos. Insta a Defensa a priorizar políticas que mejoren estas infraestructuras y a desarrollar una Ley Integral de Movilidad Geográfica.

El fallo también abre la puerta a posibles compensaciones para los militares desalojados en aplicación de la instrucción anulada y exige que la Armada y el Ejército del Aire y del Espacio adapten sus normas para evitar responsabilidades.

AUME, con esta sentencia, consigue que el problema de la vivienda, de los alojamientos, de las residencias logísticas, sea un asunto de máxima prioridad por parte del MINISDEF.