CSIF: No se pueden catalogar por igual a todos los centros de menores

No puede ponerse en el mismo escalón a quienes atienden a menores en situación de desprotección, y quienes atienden a asesinos y violadores.

CSIF: No se pueden catalogar por igual a todos los centros de menores

CSIF viene exigiendo desde hace años mejoras en el Área de Menores: instalaciones, personal y medios. Un trabajo que pasa desapercibido por el celo, calidad y profesionalidad del personal. Sin embargo, es inconcebible que el personal de los distintos centros tenga la misma consideración por parte del Gobierno, cuando sus cometidos son completamente diferentes.

Para el sindicato, no puede catalogarse igual a los monitores, educadores, personal de servicios diversos y celadores que trabajan atendiendo a menores de entre 14 y 21 años que han sido condenados por actos delictivos, que a quienes atienden a menores de otras tipologías.

La diferencia entre Centros –según CSIF- es que el personal de Protección de Menores jamás ha solicitado centros como Punta Blanca o Medio Abierto, pero si entre centros de protección. Ahora sí, desde Punta Blanca han tenido que trasladar trabajadores a otros centros por cuestiones personales o médicas.

En la actualidad el Centro de Internamiento de Menores Infractores (CIMI) Punta Blanca, junto con la Unidad de Medio Abierto, son los únicos que atienden, supervisan y ejecutan cientos de medidas judiciales impuestas a jóvenes por distintos delitos. Desde la central sindical, creen que:

“Es obvia la enorme responsabilidad para quienes tienen que ejecutar medidas de internamiento privativas de libertad, e igualmente la de quienes tienen que ejecutar aquellas medidas no privativas, la enorme carga de trabajo asociada a ello, y la responsabilidad que conlleva”.

Estas unidades son las únicas que están supervisadas y fiscalizadas de forma constante y recurrente, tanto por el Juzgado de Menores, como por la Fiscalía, así como otras entidades e instituciones oficiales como el Defensor del Pueblo.

Igualmente, tan solo en estos centros, además de cumplir con toda la normativa existente en materia de Protección de Menores, también se ha de cumplir con la legislación reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor, algo que no ocurre en el resto de unidades del Área de Menores.

Al igual que ocurre con otros servicios de las distintas unidades en los que se reconoce sus cometidos, es por ello, por lo que CSIF solicita dicho reconocimiento tanto para el CIMI Punta Blanca, como para Medio Abierto, y que ambas unidades pasen a tener la consideración de servicios especiales dentro del Área de Menores.

CSIF: No se pueden catalogar por igual a todos los centros de menores
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