Campaña de Renta 2021

La Hacienda realiza declaraciones por teléfono con el Plan ‘Le llamamos’

El plan ‘Le Llamamos’ es una potente alternativa para todos aquellos contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran una asistencia personalizada.

La Hacienda realiza declaraciones por teléfono con el Plan ‘Le llamamos’

La Agencia Tributaria abre el plan ‘Le llamamos’ de confección de declaraciones de Renta por teléfono, de manera que los contribuyentes que requieran una asistencia personalizada y vayan solicitando cita, podrán ser atendidos hasta el final de la campaña sin necesidad de desplazamientos y de manera personalizada.

La apertura del ‘Le llamamos’ llega cuando la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2021 (IRPF 2021) cumple su primer mes y ya han presentado su declaración por internet más de 6.330.000 contribuyentes. La Agencia ha devuelto 2.414 millones de euros a 3.610.000 contribuyentes.


Arrancan las presentaciones de Renta por teléfono


El plan ‘Le llamamos’ mantendrá la misma capacidad de asistencia personalizada que el pasado año. Así, los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías contarán con una potente alternativa a la asistencia en oficinas que comienza en junio, pudiendo acelerar la presentación y, de esta forma, también la devolución que corresponda.

El funcionamiento es el ya habitual, una vez que el contribuyente pide cita y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria; se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el:

  • 91 535 73 26
  • 901 12 12 24

En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia. Los ciudadanos que decidan no hacer uso de su cita deben anularla por la misma vía por la que la obtuvieron.


‘Informador’ de Renta


La principal novedad de la campaña es la puesta en marcha de una versión renovada y ampliada del ‘Informador’ de Renta y la creación de otro específico sobre actividades económicas.

El ‘Informador’ de Renta es un servicio integral de asistencia en línea con más de 800 respuestas a las dudas, así como las incluidas en el ‘Informador’ específico sobre actividades económicas. Todo ello a partir de 23 apartados iniciales de contenidos.

Para las cuestiones que hayan quedado pendientes de resolver en las respuestas del ‘Informador’, se conectan a un chat que atienden especialistas en horario de nueve de la mañana a siete de la tarde, permitiendo así una asistencia personalizada.


Quiénes no están obligados a declarar


En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros (…), se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.


Revisión de datos personales y económicos


Siempre resulta conveniente revisar el borrador de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB.


¿Cómo obtener ‘Clave PIN’ y el número de referencia?


El número de referencia y ‘Clave PIN’ siguen siendo, junto al certificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a RENTA WEB y a otros servicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución.

La obtención de Clave PIN requiere un registro previo único y una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. El registro previo se podrá efectuar por internet, siguiendo las instrucciones de la carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opción ofrecida en el apartado ‘Clave PIN’ de su web, facilitando el DNI, fecha de validez y el número de móvil. También es posible el registro por videollamada, o en las oficinas de la Agencia, aportando el DNI y un número de móvil.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite, podrá solicitar el PIN de acceso desde el enlace disponible en el propio trámite, o desde la ‘app’. Para ello deberá consignar el NIF y la fecha de validez del DNI, a lo que se añade una contraseña de cuatro caracteres que ya le vendrá dada para cada solicitud. A continuación, recibirá por SMS un PIN de tres caracteres que, junto con la contraseña, forman el código de acceso necesario para realizar sus trámites.

Para la obtención del número de referencia mediante el servicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 505 de la Renta 2020 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes en el ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2020 con valor cero, en lugar de la casilla 505 se les solicitarán los últimos dígitos del código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Al objeto de facilitar su uso, el número de referencia estará formado por sólo seis caracteres.


Principales servicios de asistencia e información


Internet: https://sede.agenciatributaria.gob.es y ‘app’ (ofrece información y gestiones sin horarios).

Teléfono solicitud ‘Le Llamamos’ (a partir del 3 de mayo):

  • 91 535 73 26 y 901 12 12 24 (servicio automático, 24 horas)
  • 91 553 00 71 y 901 22 33 44 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

Teléfono Renta Información:

  • 91 554 87 70 y 901 33 55 33 (para resolver dudas; de 9 a 19 horas, L-V)

 

 

 

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